miércoles, 9 de abril de 2008

Multan a dos entidades por obtener datos personales de un menor a través de una página web

La Agencia Española de Protección de Datos ha sancionado a Antevenio S.A., compañía de publicidad "online" y marketing interactivo, y a Bankinter por obtener datos personales de un menor a través de una página web sin el consentimiento de sus padres.
En concreto, Antevenio S.A. ha recibido dos multas que suman 210.000 euros por dos infracciones, una tipificada como grave y la otra como muy grave, mientras que Bankinter deberá pagar 60.000 euros por una infracción grave.
Según informó la AEPD, las dos entidades recabaron datos de un menor a través de una web y los utilizaron para remitirle publicidad de una tarjeta de crédito, sin que los representantes legales del mismo hubiesen prestado el consentimiento para ello.
La resolución de la Agencia indica que pese a que se advertía de que ese servicio no está permitido a menores, las entidades no adoptaron medidas adecuadas para evitar el tratamiento de datos de menores ni actuaron "con la diligencia exigible".
La AEPD recuerda que el Reglamento que desarrolla la Ley Orgánica de Protección de Datos, además de consolidar el criterio de que la prestación del consentimiento por parte de menores de edad exigirá la asistencia de sus padres o tutores cuando el niño sea menor de 14 años, recoge cuestiones como la exigencia de que la información dirigida a los menores resulte fácilmente comprensible para ellos.
Y en el ámbito de Internet, indica que se deben adoptar mecanismos tendentes a la comprobación de la edad del menor y a la autenticidad del consentimiento prestado por los padres o tutores.

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